Un producto insignia de IT&AS S.A.
PRIMERA: NATURALEZA DEL ACUERDO
El presente contrato regula una relación exclusivamente de naturaleza civil y comercial entre la empresa madre IT&AS S.A., en adelante denominada "LA COMPAÑÍA", propietaria de la plataforma tecnológica MercadoGo, y el prestador de servicios independiente, en adelante denominado "EL REPARTIDOR". Las partes reconocen explícitamente que no existe, ni se configura por el uso del sistema, ninguna relación laboral, de subordinación, ni de dependencia jurídica.
SEGUNDA: OBJETO DEL SERVICIO
EL REPARTIDOR utilizará las herramientas digitales provistas por MercadoGo con el fin único de recibir solicitudes voluntarias de recolección y entrega de productos desde los comercios afiliados hasta los usuarios finales ubicados en el territorio nacional de la República de Nicaragua.
TERCERA: NO EXCLUSIVIDAD Y LOGÍSTICA COMPATIBLE
EL REPARTIDOR goza de absoluta libertad para prestar servicios de entrega o cualquier otra actividad económica a terceras personas o aplicaciones competidoras sin restricción alguna. No obstante, se establece como condición estricta de calidad que EL REPARTIDOR no podrá ejecutar pedidos simultáneos procedentes de plataformas externas si dicho comportamiento afecta negativamente los tiempos de entrega pactados o compromete la integridad física de las órdenes activas en MercadoGo.
CUARTA: SISTEMA DINÁMICO DE PRIORIDAD
Para asegurar la excelencia operativa de MercadoGo, el motor de asignación del backend evaluará el desempeño histórico de EL REPARTIDOR. Dicho sistema calculará de forma automática parámetros de idoneidad basados en: la tasa de aceptación de órdenes, el cumplimiento puntual de los tiempos estimados de ruta, las calificaciones promedio otorgadas por los compradores y el historial de conexión activa. Los repartidores con métricas sobresalientes obtendrán acceso prioritario a zonas de alta demanda y mayor volumen de órdenes.
QUINTA: ESTRUCTURA DE INGRESOS Y COMISIONES
EL REPARTIDOR percibirá una remuneración económica calculada por cada entrega finalizada con éxito. Dicha estructura se compone de una tarifa fija por kilometraje, bonificaciones especiales por alta demanda o factores climatológicos adversos, e incentivos por desempeño. LA COMPAÑÍA realizará las retenciones fiscales de ley correspondientes al Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) según el marco jurídico de Nicaragua.
SEXTA: PLAN DE GAMIFICACIÓN Y NIVELES
MercadoGo clasifica a su flota de repartidores en cuatro categorías escalables: Bronce, Plata, Oro y Elite. El ascenso de nivel otorga beneficios competitivos directos, tales como incrementos en el margen de ganancia por pedido, soporte preferencial en la mesa de ayuda y visibilidad anticipada de rutas prioritarias.
SÉPTIMA: PENALIZACIONES Y AUDITORÍA DIGITAL
Constituyen faltas graves pasibles de sanción inmediata: la cancelación injustificada de pedidos en ruta, las entregas tardías recurrentes por negligencia demostrada, el maltrato al cliente o al comercio, y cualquier intento de manipulación o fraude informático en el backend. Las sanciones aplicables comprenden desde la reducción temporal en el sistema de prioridad hasta la desactivación definitiva de las credenciales de acceso al sistema.
OCTAVA: RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA
EL REPARTIDOR asume la total responsabilidad administrativa, civil y penal derivada de la conducción del vehículo utilizado para las entregas. Esto incluye el mantenimiento mecánico óptimo del rodado, la vigencia de los seguros de daños a terceros, la portación de la licencia de conducir adecuada y el resguardo de la cadena de frío o integridad física de los paquetes durante el traslado.
NOVENA: PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD
EL REPARTIDOR se obliga a guardar estricta confidencialidad respecto a los datos personales de los clientes (nombres, teléfonos, direcciones de Managua u otros distritos) a los que tenga acceso para la ejecución de la entrega. Queda estrictamente prohibido el almacenamiento, uso posterior o divulgación de dicha información fuera del marco exclusivo del pedido en curso.
DÉCIMA: ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA INMUTABLE
Conforme a la legislación de comercio electrónico vigente, la pulsación del control digital de aceptación, en conjunto con el registro de la dirección IP y la estampa de tiempo del servidor backend, constituirá prueba plena de consentimiento incondicional y firma electrónica vinculante de este contrato.